Auto Supremo AS/0367/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2012

Fecha: 25-Sep-2012

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto precedentemente, se establece que el Tribunal ad quem, al emitir el Auto de Vista de fs. 1.764-1.767, actuó acertadamente observando las normas que rigen la materia, no siendo evidentes las infracciones acusadas en la forma y en el fondo por la parte recurrente, deviniendo estas en infundadas, correspondiendo en consecuencia fallar de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el artículo 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial No. 25 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación o nulidad en la forma y en el fondo de de fs. 1.775-1.792. Con costas