1
1.- Acusa error in iudicando, violación del art. 554 inc.1) del Código Civil, sosteniendo que la falta de consentimiento no es una causa ilícita que sea motivo de nulidad, al contrario su ausencia en contrato causa de anulabilidad, como señala el art. 554 inc. 1) con relación al art. 452 inc. 1) del Código Civil, que el Auto de Vista, incurre en violación del art. 554 inc. 1) del Código Civil, para señalar que el Ad quem incurre en violación en sentido de que el documento privado de venta de lote de fs. 11 elevado a Escritura Pública 64/2010, pese que el informe grafológico hubiera dictaminado que la firma del padre del actor hubiera sido falsificada, significa que no ha dado su consentimiento, sin embargo no constituye causal de ilicitud de la causa o motivo que prevé el art. 549 inc. 3) del Código Civil, requisito que no es causa de nulidad sino de anulabilidad conforme al inc. 1) del art. 554 del Código Civil, por lo que el Tribunal Ad quem ha incurrido en violación de ese precepto sustantivo al no haber aplicado correctamente en el caso concreto realizando una interpretación arbitraria para confundir la nulidad con la anulabilidad; sostiene que se hace evidente la interpretación errónea del art. 554 inc. 1) del Código Civil, para señalar que el Auto de Vista señalaría que no se ha invocado esa causal como fundamento de anulabilidad sino por nulidad que constituye la causa dolosa y el motivo ilícito, sin fundamentar en qué consiste la causa dolosa y el motivo ilícito
- Auto Supremo: 574/ 2013
- Sucre: 05 de noviembre 2013
- Expediente: PT – 31 – 13 – S
- Javier Claudio Blanco Condori
- Proceso: Nulidad de escrituras públicas
- Distrito: Potosí
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II
- A.- RECURSO DE CASACIÓN DE MIRKO NELSON RETAMOSO MURILLO (fs. 348 a 351)
- 1
- Por otra parte señala que el Auto de Vista al referirse a los requisitos de
- Alega que el Auto de Vista efectúa una interpretación arbitraria, de la existencia de actos
- 2
- B. RECURSO DE CASACIÓN DE JAIME CLAUDIO BLANCO CONDORI (fs. 352 a 355)
- Señala que el fallo recurrido en la parte resolutiva que se declara la nulidad
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Las acusaciones resumidas en este numeral son por violación e interpretación errónea del art
- … “Las reglas de la interpretación aludidas, operan como barreras de contención o controles, destinadas
- Es muy importante considerar, los tres supuestos contenidos en el numeral 1) del art
- Antes de absolver la polémica de fondo corresponde identificar el instituto de la prescripción, que
- La prescripción liberatoria regulada para la generalidad de los actos jurídicos (extinción de obligaciones) y
- Por otra parte también corresponde señalar que en materia de sucesiones prevista en el libro
- De ello se deduce que el demandado Mirko Nelson Retamoso Murillo no tiene la legitimación
- III.2.- SOBRE EL RECURSO DE CASACIÓN DE JAVIER CLAUDIO BLANCO CONDORI (fs. 354 a 355)
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: sexto
