Auto Supremo AS/0574/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0574/2013

Fecha: 05-Nov-2013

Por otra parte señala que el Auto de Vista al referirse a los requisitos de

Por otra parte señala que el Auto de Vista al referirse a los requisitos de formación del contrato de acuerdo al art. 452 del Código Civil dicho fallo alude que al hablar del consentimiento implícitamente se refiere a la voluntad de las partes para concluir el contrato y que no se refieren a los vicios del consentimiento que serían causales de anulabilidad, sobre el mismo el recurrente señala que si el Ad quem consideraba ese aspecto debía aplicar el art. 554 inc. 1) del Código Civil y en consecuencia confirmar la Sentencia Apelada, se ha violado dicho articulado ya que y que en aplicación del principio de legalidad correspondía aplicar dicha norma, no obstante ello el Tribunal Ad quem realiza una interpretación forzada cuando señala que la carencia del requisito de formación del contrato que es la voluntad, hace nulo el contrato de 15 de octubre de 1989