Auto Supremo AS/0692/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0692/2013

Fecha: 04-Dic-2013

En el recurso se señalará la contradicción en términos precisos y como única prueba

Que, de la revisión de los antecedentes, el recurrente simplemente hace una transcripción del contenido de los Autos Supremos ofrecidos en calidad de precedente, ignorando el imperativo legal del Art. 417-II) y III) del Código de Pdto. Penal que al respecto señala;
En el recurso se señalará la contradicción en términos precisos y como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida en el que se invocó el precedente