Auto Supremo AS/0692/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0692/2013

Fecha: 04-Dic-2013

Que, por otro lado, por expresa previsión de la norma procesal contenida en el art

Que, por otro lado, por expresa previsión de la norma procesal contenida en el art. 417 del Código de Procedimiento Penal, en el recurso de casación debe señalarse en términos precisos la contradicción que existiría entre el auto de vista que se impugna y los precedentes que fueron oportunamente invocados, debiéndose entender, por previsión del art. 416 del similar cuerpo procesal, que existirá contradicción cuando, ante una situación de hecho similar, el sentido jurídico que le asigna el auto de vista no coincide con el del precedente, sea por haberse aplicado normas distintas o bien una misma norma con diverso alcance