Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0190/2013
Fecha: 17-Abr-2013
Distrito: Beni
Distrito: Beni
-
Proceso: Daños y Perjuicios
-
Distrito: Beni
-
Contra la mencionada Resolución el demandante interpone recurso de apelación que previa concesión en el
-
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
-
El art
-
Sostiene que la base de la suscripción de los tres documentos son: el plazo conforme
-
2
-
b) El contrato de 11 de marzo de 2011 (fs
-
3
-
4
-
También corresponde precisar, que en función a los sujetos que intervienen en la relación contractual
-
Por otro lado, se encuentran los contratos administrativos, donde interviene como sujeto contractual el Estado,
-
Siendo primordial fijar la atención en ésta distinción, en consideración a que un contrato de
-
En ese antecedente es necesario efectuar precisiones referidas a la jurisdicción contenciosa-administrativa, entendiendo como su
-
Inicialmente sólo se sometió el acto administrativo al control jurisdiccional de legalidad, luego dicho control
-
Como se podrá apreciar, el proceso contencioso-administrativo ha evolucionado y pasó de ser un proceso
-
En definitiva, está el sólido sustento que la jurisdicción contenciosa-administrativa, es la jurisdicción especializada que
-
La evolución de la ciencia del derecho y por ende de la jurisprudencia en sujeción
-
Bajo ese razonamiento y afirmada como está la existencia de la jurisdicción especializada contencioso-administrativo, y
-
En el caso sub lite, como se ha explanado en los puntos 1, 2, y
-
La conclusión anterior a la que arriba el Tribunal Supremo, tiene sustento además por expresa
-
Establecido lo anterior podemos concluir que el marco legal anterior a la Constitución Política del
-
Siendo preciso concluir acudiendo una vez más al autor Roberto Dromi que la personalidad del
-
De lo referido, se establece que, las normas Constitucionales anterior y actual así como la
-
Sin responsabilidad por ser excusable
-
Regístrese, comuníquese y devuélvase
-
Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
Otros enlaces de interés: