Auto Supremo AS/0190/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2013

Fecha: 17-Abr-2013

Sostiene que la base de la suscripción de los tres documentos son: el plazo conforme

Sostiene que la base de la suscripción de los tres documentos son: el plazo conforme al cronograma de obra de Gantt y que el mismo se computa a partir del primer desembolso, argumentando al efecto los hechos, que en su criterio fundarían la demanda de daños y perjuicios, al efecto señala que considera la existencia de lucro cesante y daño emergente, por lo que interpone demanda ordinaria de daños y perjuicios en contra de los contratantes del proyecto La Palmas 141 viviendas, Sub Programa 4.- representado por Carmen Hurtado Céspedes y Nicanor Rivero Rojas, en su calidad de Presidente y Vicepresidente del mencionado ente