Auto Supremo AS/0274/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0274/2013

Fecha: 27-May-2013

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultada conferida por el art. 41 y 42 numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271-1), 272 y 271-4) y 274 del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en la forma planteado por los demandantes Roberto Pérez Alcoba y Lidia Cano de Pérez; a su vez CASA en forma total el Auto de Vista Nº 27/2013 de fecha 28 de enero del año 2013, cursante a fs. 552 a 557 y vlta. y deliberando en el fondo, declara PROBADA en todas sus partes la demanda de repetición de sumas de dinero y pago de daños y perjuicios de fs. 37 a 39 y vlta., interpuesta por Roberto Pérez Alcoba y Lidia Cano, más daños y perjuicios a ser averiguados en ejecución de sentencia, declarando asimismo, IMPROBADAS las excepciones perentorias de falta de acción y derecho y de pago documentado deducidas por la demandada Ana María Delgadillo Ramírez de Pérez