Auto Supremo AS/0191/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2013-RRC

Fecha: 22-Jul-2013

En relación al primer agravio extraído del recurso de casación, que tiene que ver con



IV. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO


IV. 1. Fundamentación analítica o intelectiva y la facultad de control por el Tribunal de apelación.


En relación al primer agravio extraído del recurso de casación, que tiene que ver con la afirmación del Tribunal de alzada referida a la presunta falta de fundamentación analítica de la prueba en que hubiera incurrido el Tribunal de Sentencia, empero, sin que haya explicado las razones para llegar a tal determinación; corresponde recordar que esta Sala Penal Segunda, resolviendo una problemática sometida a su conocimiento en cuanto al deber de fundamentación, emitió el Auto Supremo 248/2012-RRC de 10 de octubre, y específicamente en lo que respecta a la fundamentación analítica o intelectiva, señaló: “… El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se trata de apreciar cada elemento de juicio en su individualidad, sino de aplicar conclusiones obtenidas de un elemento a otro, lo que implica, una apreciación en el conjunto de toda la prueba judicializada. En este momento, la autoridad judicial competente de emitir una sentencia, deberá dejar constancia de los aspectos que le permitieron concluir en el caso de las declaraciones testificales porque consideró coherente, incoherente, consistente o inconsistente, veraz o falsa la declaración de los testigos; es decir, expresar tanto las razones que se tiene para creer a alguno o algunos de los testimonios, como las razones que se tiene para rechazar o desechar otro u otros; similar tarea deberá ser desarrollada respecto a la prueba documental y pericial, debiendo dejarse constancia sobre el merecimiento o desmerecimiento de cada prueba así como su relevancia o no” (sic)