Auto Supremo AS/0191/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2013-RRC

Fecha: 22-Jul-2013

Por otro lado, el recurrente señala como motivos del recurso: 1) Errónea apreciación de la



Por otro lado, el recurrente señala como motivos del recurso: 1) Errónea apreciación de la sentencia; 2) Contradicción e incongruencia de la parte considerativa con la parte resolutiva del Auto de Vista impugnado; 3) Inobservancia del art. 398 del CPP; 4) Errónea aplicación del art. 413 del CPP; 5) Errónea aplicación del art. 403 de CPP e incorrecta aplicación de la nomenclatura en materia penal; y, 6) Inobservancia del art. 411 parte in fine del CPP y perdida de competencia, los cuales además fueron desarrollados en el punto II de la presente resolución; empero, en lo que respecta a los numerales 1, 2, 4, 5 y 6, el recurrente no cumplió con los arts. 416 y 417 del CPP; pues, si bien en alguno de ellos citó precedentes contradictorios (Autos Supremos 307 de 11 de junio de 2003, 580 de 4 de octubre de 2004, 703 de 24 de noviembre de 2004); sin embargo, no fueron debidamente fundamentados, ni mucho menos se cumple con la carga procesal de exponer en términos claros y precisos en qué consiste la contradicción, lo cual hace que éste Tribunal, en lo que respecta a los puntos señalados, no abra su competencia para ingresar al análisis de fondo del recurso planteado