Auto Supremo AS/0470/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0470/2013

Fecha: 07-Ago-2013

Citó jurisprudencia señalando los Autos Supremos Nos

Citó jurisprudencia señalando los Autos Supremos Nos. 221 de 19 de noviembre de 1986 y 264 de 21 de septiembre de 1982, referidas al error de hecho y de derecho; asimismo, indicó que las sentencias dictadas contra el Estado o entidades públicas en general, serán consultadas de oficio ante el superior en grado sin perjuicio de la apelación que pudiere interponerse conforme el artículo 197 del Código de Procedimiento Civil, señaló por lo tanto la transgresión a la normativa procesal en el contexto del debido proceso al haber omitido la aplicación y cumplimiento de esta disposición imperativa de consulta ante el superior en grado, y que no se consideró el hecho de que la Caja Petrolera de Salud es una entidad pública del Estado dependiente del Ministerio de Salud y Deportes