Que en mérito de los antecedentes, revisado el recurso de casación en el fondo, corresponde
CONSIDERANDO II:
I. Fundamentos jurídicos del fallo
Que en mérito de los antecedentes, revisado el recurso de casación en el fondo, corresponde resolverlo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
De la lectura integral del recurso de casación, se infiere que la problemática central traída a casación, radica en determinar si a la actora le corresponde o no los beneficios sociales y derechos laborales reclamados en su demanda de fs. 15 a 16 vta., otorgados inicialmente en primera instancia y modificados por el Tribunal de Alzada o sólo la vacación por duodécimas de la gestión 2010, en razón a la discontinuidad laboral entre la primera y segunda relación laboral en cuyo interregno habrían transcurrido más de 10 meses de cesantía, que excede los tres meses que establece la RM Nº 193/72 de 15 de mayo, de tal modo que no sería aplicable el art. 2 del DL Nº 16187 de 16 de febrero de 1979
I. Fundamentos jurídicos del fallo
Que en mérito de los antecedentes, revisado el recurso de casación en el fondo, corresponde resolverlo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
De la lectura integral del recurso de casación, se infiere que la problemática central traída a casación, radica en determinar si a la actora le corresponde o no los beneficios sociales y derechos laborales reclamados en su demanda de fs. 15 a 16 vta., otorgados inicialmente en primera instancia y modificados por el Tribunal de Alzada o sólo la vacación por duodécimas de la gestión 2010, en razón a la discontinuidad laboral entre la primera y segunda relación laboral en cuyo interregno habrían transcurrido más de 10 meses de cesantía, que excede los tres meses que establece la RM Nº 193/72 de 15 de mayo, de tal modo que no sería aplicable el art. 2 del DL Nº 16187 de 16 de febrero de 1979
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por Edgar Hermógenes Patana Ticona, en su condición de Alcalde
- Dicha resolución motivó el recurso de casación de fs
- Por otra parte el Tribunal de Alzada, determinó que su persona no continuó prestando servicios
- 2
- 3
- Solicitó al Superior en Grado, compulsadas y verificadas las ilegalidades expresadas y lo previsto en
- Que en mérito de los antecedentes, revisado el recurso de casación en el fondo, corresponde
- En primer término, del análisis del recurso de casación, los antecedentes del proceso y los
- Posteriormente se suscribió un segundo contrato de trabajo a plazo fijo por el término de
- Desde el 31 de agosto de 1999 al 31 de diciembre de 1999, existió una
- Consiguientemente, no es difícil concluir que en el caso, la relación laboral entre las partes
- Por otra parte, en relación al reclamo de la indemnización y vacaciones no pagadas a
- La jurisprudencia sentada al respecto por la Corte Suprema de Justicia, nos demuestra a través
- En ese sentido, sólo debemos analizar y dilucidar que el derecho a las vacaciones que
- Al respecto, el Tribunal ad quem, concedió el derecho por sólo la última gestión bajo
- Sobre el particular, ha menester considerar que conforme a la segunda parte del art
- Asimismo, debe tenerse presente que la omisión de la facción del rol de turnos por
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
