Auto Supremo AS/0670/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0670/2014

Fecha: 11-Nov-2014

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42 parágrafo I, num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 num. 2) y 4), 273 y 274 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma, y en virtud del recurso de casación en el fondo CASA parcialmente el Auto de Vista Nº S-49/2014 de 07 de febrero de 2014, cursante a fs. 1261 a 1265, y deliberando en el fondo declara IMPROBADA la demanda de nulidad de acción negatoria, mejor derecho propietario y pago de daños y perjuicios de fs. 4-5 y vta., ratificada a fs. 470, subsanada a fs. 472, reiterada y actualizada de fs. 474 a 476, PROBADA parcialmente la demanda reconvencional, respecto a la acción negatoria, incoada por el Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de La Paz (H. Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz) de fs. 488 a 493 y vta., e improbada la acción reconvencional respecto al mejor derecho de propiedad, reivindicación y pago de daños y perjuicios; en su mérito, se declara la inexistencia de derecho propietario de la parte demandante respecto del inmueble objeto del proceso, y se deja sin efecto la orden de restitución del Certificado de Registro Catastral, quedando válidas las demás determinaciones asumidas por el A quo