- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- Proceso: Anulabilidad de matrimonio
- Distrito: Beni
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
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- Por ello; al margen de negarle la complementación, habrían violado el art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Finalmente, es oportuno también aclarar que la ahora recurrente no tiene legitimación procesal para denunciar
- En consecuencia en ésta parte no es evidente la violación de los arts
- Conforme al principio de verdad material y de conservación de los actos, se pasa a
- Observaciones
- Al informe precedentemente referido el Dr
- No obstante, y como se ha referido precedentemente, la “primera” partida de matrimonio correspondiente a
- En consecuencia en el marco de lo preceptuado por los arts
- Por lo que no es evidente la violación de los arts
- Que una vez radicada la causa ante el Tribunal de Alzada, la parte demandada se
- Una vez tomado conocimiento de éste proveído, conforme se evidencia del formulario de notificaciones de
- De consiguiente en ésta parte no es evidente la violación del art
- De donde se evidencia que el Tribunal de Alzada remitiéndose al primer y segundo párrafo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
