Auto Supremo AS/0721/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0721/2014

Fecha: 09-Dic-2014

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2.- Que, habrían menores de edad como demandados y por ello se habría ordenado la citación a ONAMFA sin embargo no se habría cumplido con ese actuado, por lo que en sujeción a la Ley Nº 2026 CNNA, correspondería al Tribunal de casación, anular obrados hasta el vicio mas antiguo