Auto Supremo AS/0721/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0721/2014

Fecha: 09-Dic-2014

Por último dice sobre los fundamentos de su reconvención, en base a prueba pericial, que

Por último dice sobre los fundamentos de su reconvención, en base a prueba pericial, que al haberse demostrado suplantación de firma y rúbrica de Francisco Illanes Pinto, los demandados no tuvieran la obligación de hacer adquirir el bien que compraron y los otros aspectos que se señala, calificándola de temeraria que desconocería el art. 450 del C.C., y ellos habrían demostrado que las firmas y rúbricas corresponden al vendedor, ilegalidad que habría causado indefensión, y atentado contra su derecho de propiedad