Auto Supremo AS/0745/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0745/2014

Fecha: 12-Dic-2014

De igual forma denuncian que existió error de hecho en la apreciación del formulario 504

De igual forma denuncian que existió error de hecho en la apreciación del formulario 504 Nº 330 de fecha 25/02/1991 sobre liquidación presuntiva y conminatoria de pago de los impuestos anuales a los inmuebles urbanos correspondiente a los años 1987, 1988 y 1989 (fs. 15) que hizo llegar Hugo Eyzaguirre en su calidad de jefe de la Sección Inmuebles (liquidador) de la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz, como de la certificación de fs. 231 que demostraría que el Señor Hugo Eyzaguirre desempeñaba el cargo de liquidador dependiente de la Unidad de pago de impuestos de 1993 y 1995, pruebas que la parte recurrente considera que conducen a deducir que la H. Alcaldía Municipal al obligarlos a pagar los impuestos anuales del inmueble, habrían reconocido implícitamente la calidad y estatus de propietarios del lote de terreno objeto de la litis. Concluye en este punto, denunciando que tampoco se habrían llegado a ponderar las pruebas de los certificados que acreditan las instalaciones de los servicios públicos de Agua y luz, los que se remontarían a junio de 1979 y a mayo de 1974 conforme a las fs. 11 y 14 de obrados