Auto Supremo AS/0745/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0745/2014

Fecha: 12-Dic-2014

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 parágrafo I. núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 núm. 3) y 273 del Código de Procedimiento Civil declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma interpuesto por Madel Mendoza Gutiérrez por sí y por Celsa Guzmán Gutiérrez y Betty Salazar Gutiérrez de Reyes, y en lo concerniente al recurso de casación en el fondo en aplicación de los arts. 271 núm. 4) y 274 del Código de Procedimiento Civil CASA parcialmente el Auto de Vista Nº 124/2014 de 14 de marzo de 2014 cursante de fs. 305 a 307 pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y en consecuencia declara Probada la demanda de usucapión treintañal interpuesta por Celsa Guzmán Gutiérrez, Betty Salazar Gutiérrez y Madel Mendoza Gutiérrez e improbada la demanda reconvencional de acción negatoria, manteniendo incólume las demás determinaciones