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    Auto Supremo AS/0745/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0745/2014

    Fecha: 12-Dic-2014

    Siendo excusable el error no se impone multa al Tribunal de Alzada

    Siendo excusable el error no se impone multa al Tribunal de Alzada
    • Distrito: Santa Cruz
    • CONSIDERANDO I:
    • Contra la referida Sentencia, Madel Mendoza Gutiérrez por sí y por Celsa Guzmán Gutiérrez y
    • En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
    • Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en el fondo y en la forma,
    • Recurso de casación en la forma
    • 2
    • 3
    • Del recurso de casación en el fondo
    • De igual forma denuncian que existió error de hecho en la apreciación del formulario 504
    • Por los fundamentos expuestos precedentemente solicita que se emita el respectivo Auto Supremo Casando la
    • En la forma
    • De igual forma, respecto a la solicitud de nulidad de obrados, corresponde referirnos al nuevo
    • Al respecto, corresponde señalar que en lo que concierne a la prescripción treintañal, el art
    • En base a estas apreciaciones, debemos señalar que la Ordenanza Municipal Nº 013/2010 de 27
    • En razón a las consideraciones expuestas corresponde fallar conforme lo previsto en los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Siendo excusable el error no se impone multa al Tribunal de Alzada
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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