Auto Supremo AS/0755/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0755/2014

Fecha: 12-Dic-2014

Aducen que al haber invertido en la compra de los mencionados inmuebles, dichos locales comerciales

Aducen que al haber invertido en la compra de los mencionados inmuebles, dichos locales comerciales les pertenecería y que ello fuera otro motivo de nulidad del documento transaccional de 20 de agosto de 2013, pero que no hubiera sido valorado de esa forma. Por el Testimonio Nº 777/99 de 16 de diciembre de 1999, de fs. 20 a 30, de la escritura pública sobre una transferencia de un Local Comercial del Centro Comercial Promayor y un Estacionamiento del Edificio de Estacionamientos Promayor, bajo el régimen de propiedad horizontal, suscrita entre Alke & Co. Bolivia S.A. representado por Darío Elías Camhi Testa y Jaime Enrique Rozenman Attie, y Oscar Hernán Apaza Felipez y Raúl Apaza Felipez, se ha acreditado la transferencia en venta: 1) Del local comercial Nº 19 Bloque Nº 4 que consta de una planta baja y alta ubicado en el Centro Comercial Promayor, y, 2) Del Estacionamiento Nº 54 planta baja ubicado en el Edif. de Estacionamientos Promayor, en favor de los prenombrados hijos de los recurrentes. Del proceso se desprende que no se ha llegado a demostrar que la titularidad sobre los referidos inmuebles pertenecería a los recurrentes o la acreditación de que con el dinero de los recurrentes se hubiera adquirido los bienes inmuebles referidos, en todo caso, la demandada no ha hecho otra cosa que reconocer aquello entregándoles la titularidad en el 50%