Auto Supremo AS/0755/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0755/2014

Fecha: 12-Dic-2014

En el siguiente agravio, acusan de interpretación errónea de los arts

En el siguiente agravio, acusan de interpretación errónea de los arts. 519 y 520 en relación a los arts. 510, 514 y 517 del Sustantivo Civil, el órgano jurisdiccional está obligado a indagar cual ha sido la intención común y no limitarse al sentido literal de las palabras del contrato, el Ad quem considera la frase “se aclara que los referidos bienes fueron comprados con dineros de los padres del de cujus” como un mero enunciado sin reparar que ello implica el reconocimiento de que los dineros empleados en la compra de los bienes transigidos son suyos y por ello se demanda su restitución, sino qué sentido tendría haber consignado esa declaración