Finalmente señalan que no se valoró la prueba documental de fs
Finalmente señalan que no se valoró la prueba documental de fs. 20 a 38 menos en observancia de los arts. 1283 y 1296 del Código Civil, y 397-I de su procedimiento; a fs. 20 a 30, cursa el Testimonio Nº 777/99 de 16 de diciembre de 1999, de la escritura pública sobre la transferencia de los inmuebles mencionados arriba efectuada en favor de Oscar Hernán Apaza Felipez y Raúl Apaza Felipez, y a fs. 36 y 38, cursa certificaciones de Derechos Reales que acreditan el registro de los inmuebles señalados en el referido testimonio Nº 777/99 a nombre de Oscar Hernán Apaza Felipez y Raúl Apaza Felipez. Los cuestionamientos que se hagan por falta o mala valoración de la prueba deben ser demostrables con documentos o actos auténticos que acrediten la equivocación manifiesta del juzgador, entre tanto no se demuestre aquello, la valoración de la prueba es incensurable en casación, en consecuencia, en el caso de Autos, se tiene que las pruebas han sido apreciadas por el Juez de acuerdo a la valoración que les otorga la ley. En Autos se acusa de no haberse valorado la mencionada prueba pero no se demuestra este hecho
- Mamani Limache
- Proceso: Nulidad de contrato de transferencia a título gratuito y de la declaratoria de
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Quinto de Partido en materia civil y
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Vulneración del debido proceso en sus elementos congruencia, motivación y pertinencia
- Manifiestan que los Jueces de grado no explican los motivos para no pronunciarse respecto a
- No fundamentan jurídicamente su decisión por cuanto no cita cuáles son las normas y principios
- Indican que en apelación pidieron pronunciamiento sobre la declaratoria de nulidad por no haberse integrado
- 1.Violación, interpretación errónea y aplicación indebida de normas sustantivas
- b) Interpretación errónea de los arts
- c) Se afectó la legitima de sus demás seis hijos quebrantando los arts
- d) La nulidad demandada del documento privado de transferencia a título gratuito de dos casetas
- 2
- 1) Error de hecho: El documento transaccional privado de 20 de agosto de 2012, de
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el primer agravio, señalan: Los Jueces de grado no explican los motivos para no
- Respecto a que no citaron aquellas normas y principios constitucionales pertinentes que en su opinión
- En el siguiente agravio, indican que pidieron pronunciamiento expreso respecto de que no fue integrado
- Recurso de Casación en el Fondo
- El parágrafo I del art
- Mediante el documento privado reconocido de arreglo transaccional definitivo de 20 de agosto de 2012,
- En el siguiente agravio, acusan de interpretación errónea de los arts
- De la revisión de los antecedentes del proceso, se tienen los siguientes hechos
- b) Los esposos Apaza-Felipez reconocen a favor de Zenobia Mamani Limache la suma de $us
- c) Zenobia Mamani Limache cede a título gratuito el 50% de su derecho de participación
- d) Severo Apaza Yave y Domitila Felipez Góngora, ratifican la venta a título gratuito a
- En base a los mencionados antecedentes, cabe efectuar el siguiente análisis
- 2º En lo referente a la cesión efectuada por Zenobia Mamani Limache del 50% de
- Aducen que al haber invertido en la compra de los mencionados inmuebles, dichos locales comerciales
- 3º En cuanto al monto de $us
- En el subsiguiente agravio acusan de quebrantamiento de los arts
- La situación jurídica prevista por el art
- Señalan que fueron obligados a transigir sobre derechos ajenos, tal el caso de la cesión
- Finalmente señalan que no se valoró la prueba documental de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
