Concluido el juicio oral público y contradictorio y expuestos los antecedentes y elementos probatorios que
Concluido el juicio oral público y contradictorio y expuestos los antecedentes y elementos probatorios que fueron producidos en su desarrollo, el Juez de Sentencia, arribó a la convicción de que el 6 de noviembre de 2011, a horas 20:30 aproximadamente, Elizabeth Saavedra Castelo, habría sido encontrada en flagrante posesión de tres bolsas que contenían en su interior 60 gr de marihuana camufladas entre prendas de vestir, que era trasladada de Santa Cruz con destino a Cochabamba en un vehículo marca Mercedes Benz, con placa de control 2248 REN, habiendo protagonizado un accidente de tránsito y en el momento de su aprehensión en dependencias de la Brigada de Protección a la Familia de la Localidad de Villa Tunari, a tiempo de su requisa personal, dejó caer una bolsa nylon que contenía la sustancia controlada y al verse descubierta hizo la entrega voluntaria de otras dos bolsas con igual contenido
- Por memorial presentado el 25 de agosto de 2014, cursante de fs
- Del memorial de recurso de casación de fs
- El recurrente señala que los vocales que emitieron el Auto de Vista recurrido, no fundamentaron
- Mediante Auto Supremo 518/2014-RA de 3 de octubre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Concluido el juicio oral público y contradictorio y expuestos los antecedentes y elementos probatorios que
- Ley 1008 por lo que no concurren los elementos constitutivos del delito de Tráfico y
- II.1. De la apelación restringida
- Por memorial cursante de fs
- De acuerdo al art
- Asimismo, alegó inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y redacción de la Sentencia
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- los aspectos relacionados con la calificación jurídica, partiendo del supuesto de que el objeto procesal
- Con relación al defecto de Sentencia establecido en el inc
- Este Tribunal admitió el presente recurso, abriendo su competencia a fin de verificar la existencia
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- III.2. Del precedente invocado
- El Auto Supremo 444/2005 de 15 de octubre, asumió la siguiente doctrina legal aplicable: “Que
- Que la falta de precisión en términos claros, sobre la adecuación del hecho ilícito a
- no haber observado la valoración defectuosa de la prueba en la que había incurrido el
- III.3. Análisis del caso concreto
- Conforme a lo expuesto en el acápite anterior de la presente Resolución, se tiene que
- Ahora bien, a efectos de resolver la problemática planteada, en lo pertinente a la denuncia
- Por otro lado, en cuanto a la denuncia realizada en el mismo motivo de casación
- establecido en el art
- De acuerdo con la relación precedente, tampoco existe o existía la obligación por parte del
- La cantidad mínima para consumo personal inmediato, será determinada previo dictamen de dos especialistas de
- Ahora bien, en base a la exposición precedente, se concluye que no existe situación similar
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
