Auto Supremo AS/0013/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0013/2014

Fecha: 18-Feb-2014

En virtud de las disposiciones constitucionales citadas, se establece que la administración y dirección del

En virtud de las disposiciones constitucionales citadas, se establece que la administración y dirección del sistema de seguridad social, corresponde al Estado, como le corresponde asimismo la preservación de los medios de subsistencia de las personas, precautelando su bienestar, tomando en cuenta en este sentido los principios que rigen e informan la materia, por lo que este Supremo Tribunal concluye que el SENASIR no puede deslindar su responsabilidad, como institución especializada del Estado y por tanto encargada de la gestión y administración del Sistema de Seguridad Social en el Régimen de Largo Plazo, y pretender transferirla al asegurado, de manera que sea él quien tome acciones legales contra el Banco Mercantil Santa Cruz S.A. por el error en que se incurrió. Al contrario, es deber del SENASIR efectuar la calificación y pago de las prestaciones que correspondan al asegurado, así como es su deber también, seguir las acciones que correspondan, en su caso, en contra de la institución que incumplió su deber o incurrió en error, pues quedó demostrado que el afiliado cumplió puntual y regularmente con el pago de sus aportes