Emitida la Sentencia y efectuada la notificación con dicha Resolución, el imputado interpuso recurso de
II.3.Apelación restringida.
Emitida la Sentencia y efectuada la notificación con dicha Resolución, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 284 a 293), argumentando lo siguiente: i) Defecto de Sentencia establecido en el art. 370 inc. 11) del CPP, toda vez que el Tribunal de juicio determinó que la menor-víctima en ningún momento habría precisado la fecha sino el 21 de septiembre que consigna la querella, indicando la menor que era un día viernes y de acuerdo al calendario del año 2009 el 20 y 21 son domingo y lunes, lo cual pudo confundir a la niña, considerando que la fecha fue orientada por el aniversario de Cliza; sin embargo, el acusado sólo puede ser sentenciado por el delito atribuido en la fecha y hora establecida, por lo que al haber referido el Tribunal la fecha de manera subjetiva y determinarla de manera ajena a la acusación se incurrió en un defecto de procedimiento y vicio de nulidad por la incongruencia; ii) Defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 2) de la norma adjetiva penal; al no haber individualizado la Sentencia al acusado, al basarse únicamente en simples referencias de la acusación; iii) Defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 3) del CPP; repitiendo los argumentos anteriores, denuncia que no se hubo indicado en la Sentencia la manera de cómo se habrían suscitado los hechos y la observación sobre las pruebas “MP1.1”, “MP1.3”, “MP1.4” y “MP1.9”, sin existir en la Sentencia apelada la enunciación del hecho objeto del juicio, ni su determinación circunstanciada; y, iv) Defecto de Sentencia al basarse en inobservancia y errónea aplicación de la ley con defectos de nulidad absoluta, repitiendo el reclamo de que fue sentenciado por un hecho no acusado como es la violación suscitada el 21 de septiembre
- Por memorial presentado el 28 de octubre de 2013, cursante de fs
- a)En mérito a la acusación pública (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el recurrente interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación interpuesto por el imputado y del Auto Supremo 294/2013-RA
- También el Tribunal de apelación efectúa una especulación subjetiva, entendiendo que el Tribunal de juicio,
- 2) Relata, en el acápite: “VIOLACION DE DERECHOS POR FALTA DE PRONUNCIAMIENTO SOBRE PUNTO APELADO
- También refiere, que toda resolución emitida por el Tribunal de Sentencia, debe estar debidamente fundamentada,
- Finalmente con relación a las pruebas “MP 1
- En ese contexto, refiere que asumió el conocimiento de un hecho suscitado el 21 de
- Por lo expuesto, el imputado recurrió de casación por vulneración de derechos, solicitando se deje
- Mediante Auto Supremo 294/2013-RA de 19 de noviembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- II.2.Sentencia
- Previa valoración de las pruebas “MP
- De la prueba “MPI
- El Tribunal valorando la prueba en su conjunto tuvo la plena convicción de que el
- Concluyó el Tribunal de Sentencia tener la plena convicción de la responsabilidad del imputado en
- Emitida la Sentencia y efectuada la notificación con dicha Resolución, el imputado interpuso recurso de
- II.4. Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
- El principio de congruencia está expresado en el art
- Respecto al defecto de Sentencia establecido en el art
- En atención al defecto de Sentencia invocado y previsto en el art
- Finalmente, sobre la denuncia de que la Sentencia se basó en inobservancia y errónea aplicación
- Con estos argumentos, el Tribunal de alzada declaró improcedente la apelación restringida
- En el presente caso, denuncia el recurrente que el Auto de Vista impugnado incurre en
- III.1. La debida fundamentación
- Esta Sala en reiteradas oportunidades ha señalado que la Constitución Política del Estado (CPE), reconoce
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
- A partir de la exigencia de fundamentación de hecho y de derecho en las resoluciones
- El principio de coherencia (congruencia) o correlación entre la acusación y la Sentencia, que es
- Asimismo, el Magistrado Mejía relató que la coherencia es entendida, no “como una exigencia de
- Lo que significa que el principio de coherencia o congruencia, debe mediar entre la acusación
- Hecho imputado, coherencia (congruencia) y el derecho a la defensa
- Ahora bien, ya se dijo que de todo hecho tildado de ilícito, desemboca en la
- Por ello, este derecho permite al imputado establecer la estrategia que vaya a desplegar en
- Sobre este derecho y los alcances del indicado principio de coherencia entre la acusación y
- Al determinar el alcance de las garantías contenidas en el artículo 8
- Por constituir el principio de coherencia o correlación un corolario indispensable del derecho de defensa,
- El art
- Que en ese entendido, se debe tener muy claro que los hechos son acusados desde
- De lo anterior se desprende las siguientes reglas: i) que la calificación jurídica provisional de
- Entendimiento que guarda relación con el señalado en el Auto Supremo 085/2013-RRC de 28 de
- De igual manera, para determinar si existió o no vulneración del derecho a la defensa
- Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, corresponde a
- Del contenido del recurso de casación, se llega a evidenciar que los motivos cuyo análisis
- Ahora bien, para el análisis del presente recurso será preciso partir de las afirmaciones realizadas
- Respecto al primer y cuarto motivo del recurso contenido en los acápites I
- Ante este reclamo, el Tribunal de apelación resolvió de manera expresa, clara, completa, legítima y
- Ahora bien, este entendimiento se encuentra acorde al sistema acusatorio oral, que está orientado para
- Asimismo, debe tenerse presente que en un proceso penal la verdad material está sobre las
- En estas condiciones, es evidente que el principio de coherencia o correlación entre la acusación
- Esto implica que la acusación que contenía la imputación fáctica como jurídica, no varió en
- Por lo anterior, también resulta claro que el derecho a la defensa; es decir, el
- Del análisis efectuado, este Tribunal concluye respecto a estos dos motivos del recurso, que el
- En relación al segundo motivo del recurso contenido en el acápite I
- Por lo referido anteriormente, la denuncia de falta de fundamentación por el Tribunal de alzada
- Consecuentemente, el Tribunal de apelación al haber fundamentado y respondido el motivo expuesto por el
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
