Auto Supremo AS/0044/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2014-RRC

Fecha: 20-Feb-2014

II.2.Sentencia


De la acusación planteada por el Ministerio Público se extrae lo siguiente: “IV.- RELACION CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: Según las investigaciones preliminares realizadas, se tiene que el día 21 de Septiembre del año 2009 en horas de la tarde, la menor y víctima: AA, luego de haber dado de comer a los chanchos en compañía de la madre del ahora imputado, quien es dueña de casa del inmueble donde vive la victima junto a su familia, la niña retorno al domicilio ubicado en Banda Abajo, donde encontró en uno de los cuartos al ahora imputado: Omar Ríos y su hermano Mijael, este último abandono el cuarto donde el imputado se encontraba echado en la cama mirando la tele, y la niña se quedó a solas con el ahora acusado, empero a momento de tratar de salir del cuarto Omar Ríos la agarro de la mano a la menor con fuerza y no dejo que salga del cuarto, situación que ha sido aprovechada por este para luego violarla sacándole el pantalón e introducir sus dedos en su vagina, produciéndole inclusive una hemorragia que le duro tres días, para luego introducir su pene en su ano…” (sic), siendo sorprendido por su hermano Mijael, aprovechando ello para que la menor huya del lugar. Por ello en la fundamentación acusó a Omar David Ríos Maldonado por el delito de Violación Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis. del CP.

II.2.Sentencia