Auto Supremo AS/0044/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2014-RRC

Fecha: 20-Feb-2014

Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,


Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, el Tribunal de alzada pasó a resolver el recurso mediante Auto de Vista de 26 de septiembre de 2013, de la siguiente manera:

Con relación al defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 11) del CPP, refirió que congruencia o correlación es parte del sistema acusatorio, que puede ser subjetiva como objetiva; la primera, porque nadie puede ser condenado sin haber sido antes acusado; y, la segunda, porque nadie puede ser condenado por un hecho distinto al atribuido en la acusación; por ello, la incongruencia en un fallo judicial existe cuando se condena a una persona por un hecho histórico distinto al señalado en la acusación. Existen dos corrientes doctrinales sobre el tema, la primera señala que entre la acusación y la sentencia no deben existir cambios, es decir es inmutable; en cambio, la segunda refiere que lo importante son los hechos, los cuales son base de la acusación y no así la calificación jurídica, lo cual deviene en el principio iura novit curia para resolver el problema