Auto Supremo AS/0092/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0092/2014

Fecha: 21-Mar-2014

Las causas de nulidad de las escrituras públicas son diferentes a los contratos como tales;

Las causas de nulidad de las escrituras públicas son diferentes a los contratos como tales; las primeras por ser documentos públicos se rigen por la Ley del Notariado y los segundos (contratos) por ser eminentemente un acuerdo de voluntades entre particulares, se rigen por el art. 549 del Código Civil, aspecto que no puede ser confundido; en el caso sub lite, el recurrente al haber optado por demandar directamente la nulidad de las referidas escrituras públicas, de acuerdo al art. 1286 del Código Civil y 375 de su procedimiento le correspondía en el curso del proceso en primera instancia demostrar las causas de nulidad de dichos instrumentos públicos conforme a la Ley del Notariado