Auto Supremo AS/0092/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0092/2014

Fecha: 21-Mar-2014

Refiere que los Vocales, pese a reconocer expresamente la inexistencia de la totalidad de la

Refiere que los Vocales, pese a reconocer expresamente la inexistencia de la totalidad de la minuta y protocolo de la Escritura Pública Nº 918/92, indican que no se puede aplicar el principio “iuria novit curia”, porque no se habría fundamentado en la demanda las disposiciones legales aplicables; señala también que solo hacen mención a la demanda de nulidad de la Escritura Pública Nº 918/92 de 09 de marzo de 1992, guardando silencio con respecto a la Nº 158/94 de 31 de marzo de 1994 misma que tendría supuestamente como antecedente dominial a la primera y consiguientemente esta última resultaría nula por carecer de objeto y por ilicitud de causa, siendo a su criterio de perfecta aplicación los arts. 485, 489, 549 num. 1 y 3) del Código Civil