Auto Supremo AS/0085/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0085/2014

Fecha: 30-Abr-2014

A lo señalado, se agrega que, si bien se invoca la causal de falta de

A lo señalado, se agrega que, si bien se invoca la causal de falta de pronunciamiento sobre alguna de las pretensiones deducidas, conforme la norma del Adjetivo Civil anotado, sin embargo, aquella no concuasa con la parte del petitium del recurso analizado, cuando la solicitud en el mismo refiere a la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, refiriendo así a la Orden de Verificación Externa (OVE) Nº 3906OVE0053, pretendiendo de esa manera que, se excluya de su alcance al IUE porque entiende que este impuesto no debió haber sido incluido en razón a su alcance, es decir, debe comprender una gestión completa; empero, tal cuestión, en primer término, está referida al fondo de la problemática y no así a un posible error de procedimiento en instancia jurisdiccional, que hace a la razón de ser de la casación en la forma, y en segundo lugar, fue objeto de pronunciamiento expreso y motivado por el Tribunal Apelación, conforme se advierte del segundo considerando en su punto 5, correspondiente al Auto de Vista recurrido