Auto Supremo AS/0207/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2014-RRC

Fecha: 22-May-2014

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


De lo anterior, este Tribunal concluye que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en referencia a los primeros cuatro motivos alegados por la parte imputada en apelación restringida, no emitió un pronunciamiento fundado inobservando el ineludible deber de fundamentación, incurriendo en un defecto absoluto no susceptible de convalidación porque vulnera no sólo el derecho a la defensa, sino también la garantía del debido proceso y al derecho a una resolución judicial motivada, por lo que siendo fundado este segundo motivo, corresponde dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, a los fines de que el Tribunal de alzada pronuncie una nueva resolución de manera fundamentada sobre cada uno de los puntos apelados.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 12/2013 de 7 de febrero, de fs. 630 a 635 vta., y determina que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, sin espera de turno y previo sorteo, dicte nuevo fallo conforme a la doctrina legal establecida. Para fines del art. 420 del CPP; remítase fotocopias legalizadas del presente Auto Supremo a todos los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, para que por intermedio de sus Presidentes hagan conocer la presente Resolución, a los Tribunales y Jueces en materia Penal de su jurisdicción