Auto Supremo AS/0207/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2014-RRC

Fecha: 22-May-2014

tienen por finalidad evadir la responsabilidad de absolver expresamente los cuestionamientos deducidos por los recurrentes,


Con relación a este temática, este Tribunal ha señalado de manera reiterada que la debida motivación de las resoluciones judiciales, y en particular, las emitidas por los Tribunales de alzada, comprende también, el dar respuesta a todos los aspectos impugnados o reclamados por el recurrente, lo contrario, genera congruencia omisiva, conocida también como citra petita o ex silentio, lo que implica defecto absoluto, criterio que fue asumido en el Auto Supremo 172/2012-RRC de 24 de julio de 2012, de la siguiente manera: “No existe fundamentación ni congruencia en el Auto de Vista impugnado, cuando en el mismo se evidencia que el Tribunal de alzada, no se pronunció sobre el fondo de los puntos cuestionados en el recurso de apelación restringida, no siendo suficiente escudarse en argumentos que


tienen por finalidad evadir la responsabilidad de absolver expresamente los cuestionamientos deducidos por los recurrentes, aspecto que vulnera lo establecido por los arts. 124 y 398 del CPP, constituyendo un defecto absoluto no susceptible de convalidación que vulnera derechos y garantías reconocidos por la Constitución Política del Estado