Auto Supremo AS/0207/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2014-RRC

Fecha: 22-May-2014

Por otra parte, se constata que emitido el decreto de radicatoria de 4 de septiembre


Efectuada estas precisiones, revisado el Auto de Vista recurrido se establece que el Tribunal de alzada, procedió a identificar cada uno de los motivos alegados por el imputado en apelación, para concluir respecto al incidente de nulidad de notificación, entre otros argumentos, que la diligencia cuestionada fue cumplida realizando un detalle del lugar donde se dejó la notificación; extremo que fluye del contenido de la diligencia a fs. 50, en la que si bien se incurre en el yerro de figurar la numeración 255, contiene en la parte inferior la descripción indubitable del lugar donde fue practicada, al señalarse que se dejó copia en presencia de testigo de actuación, bajo la puerta roja del inmueble de adobe frente al Nro. 552, lado 500, conforme destaca el Tribunal de apelación.

Por otra parte, se constata que emitido el decreto de radicatoria de 4 de septiembre de 2010 por el Tribunal Tercero de Sentencia, se procedió a su notificación en la oficina jurídica del defensor del imputado, quien en conocimiento de la convocatoria a audiencia de sorteo de jueces ciudadanos asistió a dicho acto, precisamente en ejercicio de sus derechos, por lo que el recurrente no puede alegar indefensión alguna menos vulneración al debido proceso, por cuanto la primera notificación tanto con las acusaciones y con la primera resolución de radicatoria fue practicada en su domicilio real conforme se destaca en el Auto de Vista impugnado y sin que pueda alegar desconocimiento de la segunda providencia de radicatoria, al haber concurrido a la audiencia señalada, por lo que cualquier defecto quedó convalidado, habida cuenta que el acto consiguió su fin, conforme las previsiones del art. 170 inc. 3) del CPP; en cuyo mérito, el presente motivo deviene en infundado