Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0187/2014
Fecha: 26-Jun-2014
g) Ocupación o cargo
g) Ocupación o cargo
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Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de
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Interpuesto el recurso de apelación por la parte actora de fs
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Dicha Resolución motivó que la parte demandada, de fs
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Así también agregó al respecto, que la Juez a quo reconoció en el Auto a
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Refirió además, que todos los errores in procedendo señalados atentaron contra su derecho a la
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Al respecto refiriendo al art
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Asimismo señaló, que la interpretación errónea continuó al disponer solo el subsidio de natalidad y
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Por otra parte, el recurrente refirió que en el numeral 3 del Auto de Vista
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Solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, por la casación en la forma anule obrados hasta
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Que así planteado el recurso de casación en la forma y en el fondo, los
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En el caso de autos, de la revisión de los antecedentes del proceso, se advierte
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A cuyo efecto, por decreto de 2 de agosto de 2012 a fs
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Advirtiéndose por todo lo señalado, haberse dado estricto cumplimiento con lo prescrito por los arts
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A ello, corresponde puntualizar que la normativa procesal establece determinados requisitos para la citación y
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Entendimiento también asumido por el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la Sentencia Constitucional Plurinacional
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Al respecto en la especie se advierte que la citación por cédula a fs
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Por otra parte, en relación al reclamo de que la Juez a quo pese a
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Sin embargo a ello, debe recordarse que el desarrollo de todo proceso, incorpora diferentes etapas
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De tal forma, el demandado ahora recurrente, ya en conocimiento de la demanda que se
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Por otra parte, en relación a la infracción referida del art
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De tal manera, resulta el propio demandado, quien validó dicha citación por cédula; misma que
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Por lo que, adicionalmente a las incongruencias referidas, el observar errores en las formalidades del
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Asimismo, mediante la Sentencia Constitucional Nº 0335/2011-R de 7 de abril, se estableció que: “…la
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No siendo evidentes por lo tanto las vulneraciones a la normativa referidas en el recurso
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En cuanto a la errada interpretación de los arts
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Trabajador" que consignará los siguientes datos
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b) Número de asegurado que será asignado por la Entidad Gestora
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c) Fecha de nacimiento
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d) Sexo
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e) Domicilio
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f) Salario mensual
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g) Ocupación o cargo
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h) Fecha de ingreso al trabajo
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i) Nombre o razón social del empleador y número de registro
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j) Lugar y fecha de presentación del aviso
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k) Sello de recepción por la Entidad Gestora
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Este formulario sustituirá a la actual "FICHA DE AFILIACIÓN DEL TRABAJADOR" y eximirá a la
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Es así, que de la normativa referida se establece por una parte la sujeción al
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Ante ello y de su contraste con lo señalado en el numeral II
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Ahora bien, en cuanto a que la ausencia de comunicación al empleador por parte del
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Al respecto la jurisprudencia constitucional contemplada en la Sentencia Constitucional Nº 2557/2012 de 21 de
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Por otra parte, en relación a la aseveración del recurrente en cuanto debió corresponder al
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En relación a la existencia de disposiciones contradictorias en el Auto de Vista recurrido; el
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Advirtiéndose de ello, el entendimiento erróneo que tiene el recurrente en relación a la existencia
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A ello debe puntualizarse, que el Tribunal de Alzada advirtiendo el impago por parte del
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Por otra parte, en relación al reclamo sobre la contradicción existente en la parte dispositiva
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POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
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Se insta al Tribunal de Alzada, a observar con mayor cuidado la referencia de las
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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