Auto Supremo AS/0187/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2014

Fecha: 26-Jun-2014

Por otra parte, en relación al reclamo de que la Juez a quo pese a

Por otra parte, en relación al reclamo de que la Juez a quo pese a haberse presentado en tiempo y forma la contestación a la demanda, y habiéndose admitido la defensa en el fondo conforme a fs. 22, mediante Auto de 5 de septiembre de 2012 (fs. 31), dispuso se tenga por no presentada dicha contestación a la demanda y declaró su rebeldía; corresponde señalar que de la redacción al respecto, se advierte que el recurrente se dirige al Juez de primera instancia, cual si fuere una expresión de agravios en un recurso de apelación, al señalar: “…su autoridad no obstante haber admitido la defensa en el fondo, por providencia de fecha 10 de agosto de 2012 (fs. 22), a solicitud del actor, la deja sin efecto mediante Auto de fecha 5 de septiembre de 2012 (fs. 31)…” (Sic); cuando el recurso de casación ya sea interpuesto en la forma, en el fondo o ambos, debe contemplar las infracciones en las que habría incurrido la autoridad que dictó la Resolución que se recurre, que en la especie lo constituye el Auto de Vista Nº 114/2013