Auto Supremo AS/0265/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2014-RRC

Fecha: 24-Jun-2014

Por último respecto al cuarto motivo,señala que no es evidente que haya habido errónea aplicación


Por último respecto al cuarto motivo,señala que no es evidente que haya habido errónea aplicación de la ley sustantiva en lo referente a la conducta dolosa del imputado; toda vez, que el delito de Asesinato tiene como característica el dolo, argüir en determinadas oportunidades que estaba con grave perturbación de la conciencia escapa a la realidad de los hechos, si bien es evidente que se trató de suicidar después de matar a su hijo, no es menos cierto que no se ha llegado a demostrar de manera objetiva este hecho, existiendo duda razonable con relación al estado en que se encontraba al cometer el ilícito, de igual forma en cuanto a la fijación de la pena, no debe olvidarse que el delito de asesinato tiene una pena establecida de treinta años sin derecho a indulto, por lo que el Tribunal a quo tomó en cuenta la gravedad del hecho y para determinar ésta apreció la naturaleza de la acción, de los medios empleados, la extensión del daño causado y el peligro corrido; es decir, no se aisló de la fijación de la pena, por lo que no es cierto ni evidente que hubo errónea aplicación de la ley sustantiva, siendo inatendible el agravio sufrido