Auto Supremo AS/0265/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2014-RRC

Fecha: 24-Jun-2014

Respecto al segundo agravio, manifiesta que la sentencia cumple con los requisitos previstos por el


Respecto al segundo agravio, manifiesta que la sentencia cumple con los requisitos previstos por el art. 360 del CPP y no se advierte ninguna situación que derive en defecto absoluto ni existe vicio alguno en la mencionada Sentencia, se halla acorde a lo dispuesto por el art. 124 del CPP por cuanto contiene los motivos de hecho y derecho en que basa su decisión; asimismo, el Tribunal de Sentencia al momento de dictar el Auto de apertura de juicio y durante la celebración del juicio señala en forma clara el hecho objeto del presente juicio identificando al autor, pronunciando el fallo final en base a toda la prueba judicializada, existe congruencia entre la sentencia y la acusación toda vez que de acuerdo al nuevo sistema procesal penal se habla de hechos penales y no de tipos penales conforme el art. 362 del CPP. Con relación al certificado de nacimiento observado por el imputado y la renuncia a la prueba de ADN por el Ministerio público, refiere que no es necesario el mismo, ya que existe en el proceso el certificado de defunción del menor signada como prueba “MP-6”, y referente a la renuncia del Fiscal tiene la facultad para hacerlo, por lo que los vicios que reclama también son inatendibles