Auto Supremo AS/0280/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0280/2014-RRC

Fecha: 27-Jun-2014

ii) Revisada la Sentencia y respecto al defecto de sentencia previsto en el art


ii) Revisada la Sentencia y respecto al defecto de sentencia previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP, adquirió certeza positiva de la responsabilidad del imputado al ser las declaraciones, armónicas y creíbles, que tienen estrecha relación con la prueba literal incorporada a juicio, teniendo que: “del análisis integral de la prueba de cargo se tiene sin lugar a dudas que el imputado realizó la conducta delictiva con intención y voluntad, teniendo un cimiento sólido como es el propio relato de la víctima efectuado ante funcionarios públicos competentes que por su limitaciones cognitivas ponen de relieve una personalidad temerosa, insegura, infantil, inmadura, con anhelo de tener contacto social, que por sus propias características no tiene capacidad de inventar ni mentir”. Sumado a lo anterior, del informe médico forense y el dictamen pericial se evidenció la existencia de un embarazo de nueve semanas lo que llevó al Tribunal de mérito al indubitable convencimiento de la existencia del delito de Violación, ya que sin acceso carnal es imposible la concepción, identificando la víctima al autor; asimismo, la psicóloga señaló que sufría de insuficiencia en la inteligencia, retardo compatible con la de una niña de ocho años, erradicando toda posibilidad de falacia o mecanización; finalmente, la Sentencia contiene la debida fundamentación fáctica, probatoria y jurídica