Auto Supremo AS/0215/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2014

Fecha: 02-Jul-2014

Expresa que trabajó en la institución demandada tanto en periodo de zafra como en prezafra,


Concluye el memorial solicitando al Tribunal dictar el Auto Supremo Anulando el Auto de Vista de fojas 176 a 177 y vuelta, al tenor del artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, CASANDO TOTALMENTE el mencionado Auto de Vista y confirmando la Sentencia dictada por el Juez A quo deliberando en el fondo y en la forma y sea con las formalidades de Ley.

RECURSO EN EL FONDO DEDUCIDO POR LA PARTE DEMANDANTE

Expresa que trabajó en la institución demandada tanto en periodo de zafra como en prezafra, desde septiembre de 1998 hasta el 6 de diciembre de 2008, fecha que fue despedido intempestivamente sin pre aviso, como prueba de lo aseverado, presentó documentos y declaraciones testificales; al iniciar trabajos en febrero de cada año y concluir en noviembre o diciembre trabajó 10 meses por año, haciendo un record de trabajo de 8 años con 5 meses. Para interponer el recurso tomó como partida el sueldo indemnizable de Bs. 2.506,47