Por memoriales presentados el 19 y 20, ambos de mayo de 2014, Rubén Enrique Gisbert
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 309/2014-RA
Sucre, 09 de julio de 2014
Expediente : La Paz 75/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Rubén Enrique Gisbert Nao y otra
Delitos : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 19 y 20, ambos de mayo de 2014, Rubén Enrique Gisbert Nao (fs. 539 a 555) y Felicidad Gutiérrez Ticona (fs. 576 a 583 vta.), respectivamente, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 113/2013 de 20 de diciembre, de fs. 497 a 500 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Carmen Vargas Vargas contra Rubén Enrique Gisbert Nao y Felicidad Gutiérrez Ticona, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material e Ideológica, Estafa y Uso de Instrumento Falsificado previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 335, 203 y art. 45 por concurso real, todos pertenecientes al Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 309/2014-RA
Sucre, 09 de julio de 2014
Expediente : La Paz 75/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Rubén Enrique Gisbert Nao y otra
Delitos : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 19 y 20, ambos de mayo de 2014, Rubén Enrique Gisbert Nao (fs. 539 a 555) y Felicidad Gutiérrez Ticona (fs. 576 a 583 vta.), respectivamente, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 113/2013 de 20 de diciembre, de fs. 497 a 500 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Carmen Vargas Vargas contra Rubén Enrique Gisbert Nao y Felicidad Gutiérrez Ticona, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material e Ideológica, Estafa y Uso de Instrumento Falsificado previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 335, 203 y art. 45 por concurso real, todos pertenecientes al Código Penal (CP)
- Por memoriales presentados el 19 y 20, ambos de mayo de 2014, Rubén Enrique Gisbert
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II
- 4) Cuarto
- 5) Quinto
- 7) Séptimo
- Por otra parte alude a las declaraciones testificales de los testigos Wilfredo Cahuna, que manifestó
- La declaración de Consuelo Medrano Quispe, quien manifestó que “llegaron a convivir”, que “vivían en
- Argumenta que por todo lo expuesto se demuestra los defectos absolutos de la Sentencia, inobservancia
- 10) Décimo
- Concluyó señalando que ante la existencia de defectos absolutos que no fueron compulsados por
- Concluida su argumentación solicita a este Tribunal, que declare admisible el recurso de casación y
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En cuanto a los motivos primero, segundo, cuarto, quinto, séptimo, octavo, noveno y décimo, el
- La SC 1155/2010-R de 27 de agosto estableció: “A su vez, el anterior Tribunal Constitucional
- Bajo tales parámetros se advierte que en el caso de autos, el recurrente no precisa
- Con relación al sexto motivo, donde manifiesta que se vulneró el debido proceso, el acceso
- Respecto al segundo motivo, consistente en la denuncia relativa a que la primera audiencia se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- En cumplimiento del segundo párrafo del citado artículo, por Secretaría de Sala hágase conocer a
- y cúmplase.
