Auto Supremo AS/0203/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0203/2014

Fecha: 15-Ago-2014

I

CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos de casación, por ambas partes, analizando los fundamentos por separado, se tiene lo siguiente:
I.- Respecto al recurso de casación en el fondo de fs. 122 interpuesto por la Empresa Constructora Revollo S.R.L. “EMCORE S.R.L.”, representada por Marco Antonio Revollo Zeballos:
Se aclara que, el recurso de casación se constituye en un recurso extraordinario previsto por nuestro ordenamiento jurídico, se asemeja a una demanda nueva de puro derecho, otorgado sólo para casos específicamente señalados en la norma y procediendo únicamente contra las resoluciones (Autos de Vista) señaladas en el art. 255 del Código de Procedimiento Civil, cuya finalidad es buscar el restablecimiento del imperio de la ley considerada como infringida, conforme señalan los artículos 250, 253, 254 y 255 del Código de Procedimiento Civil