Auto Supremo AS/0266/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0266/2014

Fecha: 15-Ago-2014

La actora mediante memorial cursante a fs

La actora mediante memorial cursante a fs. 308 y vta., contestó el recurso señalando que: 1) La entidad demandada indicó que se aplicó incorrectamente a ley, sin embargo no indica de manera clara que disposición legal se aplicó incorrectamente tampoco indica la forma en que debió aplicarse; 2) Aclaró que al realizarse un depósito con un monto parcial no significa el pago total de sus beneficios sociales. La entidad demandada realizó un depósito parcial y mínimo, con el propósito de evadir el pago real de lo que le corresponde; 4) No renunció ni se acogió al retiro voluntario, más bien fue objeto de acoso laboral y despido intempestivo, por lo que interpuso una acción de amparo, pese a ello nuevamente fue objeto de acoso laboral que concluyó con la expulsión ilegal de su fuente de trabajo; 5) La negligencia de la entidad demandada no puede ser reparada por los Tribunales de instancia; 6) el recurso de casación no cumple con los requisitos establecidos en el art. 258 del Código de Procedimiento Civil (CPC), por lo que debe ser rechazado sobre tablas; 6) La entidad demanda no cumplió con lo dispuesto por el art. 211 del Código Procesal del Trabajo (CPT), ya que no presentó el depósito judicial por la suma de Bs.110.159, 25.-, por lo que corresponde rechazar el recurso y declarar ejecutoriado el Auto de Vista