POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA parcialmente el Auto de Vista Nº 140/2013 de 23 de diciembre, cursante de fs. 299 a 300 y, deliberando en el fondo, dispone el pago de Bs. 112.389,69, conforme a la siguiente liquidación:
Tiempo de servicios: 8 años 5 meses y 19 días
Promedio Indemnizable Bs. 4.113,98.-
IndemnizaciónBs 34.843,11
DesahucioBs.12.342,00
Vacación gestión 2010 y 2011
Aguinaldo gestión 2010 doble y
Duodécimas 2011Bs. 6.486,04
Sueldos devengados:Bs.5.485,30
Noviembre y diciembre 2009Bs.6.788,54
Septiembre a diciembre 2010Bs.14.252,00
Enero a marzo, julio a diciembre 2011Bs.38.798,00
20 días enero 2012
Septiembre y diciembre 2010Bs.2.742,65
Sub TotalBs.123.044,21
Menos lo depositadoBs.36.590,60
Sub TotalBs.86.453,61
Más 30% multaBs.25.936,08
TOTAL A CANCELARBs.112.389,69
Sin costas
Tiempo de servicios: 8 años 5 meses y 19 días
Promedio Indemnizable Bs. 4.113,98.-
IndemnizaciónBs 34.843,11
DesahucioBs.12.342,00
Vacación gestión 2010 y 2011
Aguinaldo gestión 2010 doble y
Duodécimas 2011Bs. 6.486,04
Sueldos devengados:Bs.5.485,30
Noviembre y diciembre 2009Bs.6.788,54
Septiembre a diciembre 2010Bs.14.252,00
Enero a marzo, julio a diciembre 2011Bs.38.798,00
20 días enero 2012
Septiembre y diciembre 2010Bs.2.742,65
Sub TotalBs.123.044,21
Menos lo depositadoBs.36.590,60
Sub TotalBs.86.453,61
Más 30% multaBs.25.936,08
TOTAL A CANCELARBs.112.389,69
Sin costas
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 303 a 305 vta
- Dicha Sentencia fue impugnada por Erik Alberto Calvo Moruchi, en representación legal del Centro de
- El fallo mencionado, motivó que Erik Alberto Calvo Moruchi, en representación legal del Centro de
- Dicho pago fue considerado en la Sentencia como en el Auto de Vista como uno
- En el contexto legal descrito, el pago de la indemnización por tiempo trabajado constituye un
- Acusó a los Jueces de instancia de no valorar adecuadamente los antecedentes procesales ni compulsar
- Concluyó su recurso solicitando al Tribunal Supremo de Justicia dicte Resolución casando el Auto de
- II.2 Respuesta al recurso
- La actora mediante memorial cursante a fs
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- El art
- A su vez, el art
- De otro lado, el art
- Por su parte el art
- En virtud de lo anterior, luego de haberse interpuesto una acción de amparo constitucional por
- En los hechos, en virtud de la Sentencia Constitucional Nº 1683/2012 de 1 de octubre,
- A mayor abundamiento, la jurisprudencia desarrollada por la Corte Suprema de Justicia, criterio compartido por
- Adicionalmente a los fundamentos expuestos precedentemente, cabe aclarar que la interpretación de las normas en
- Asimismo, en aplicación del art
- Continúa más adelante señalando que: “…de acuerdo al principio de interpretación progresiva de la norma,
- Sin embargo de lo anterior, resulta evidente que a fs
- En consecuencia, corresponde resolver el recurso en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
