Auto Supremo AS/0412/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2014

Fecha: 04-Ago-2014

ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 1949 a 1955, interpuesto por Betty Cuellar Añez en representación de Ciro Cuellar Añez contra el Auto de Vista Nº 19 de 06 de enero de 2014 que cursa de fs. 1942 a 1947 vta., emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de nulidad de cumplimiento de contrato y otros seguido por el recurrente en contra Carla Daniela Nobile Inetti y otro, la concesión de fs. 1958, los antecedentes del proceso, y;

C0NSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo Tercero de Partido en lo Civil de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, pronunció la Sentencia Nº 35/2013 de 02 de agosto de 2013 que cursa de fs. 1900 a 1909, por la que declara improbadas las excepciones perentorias de los demandados, improbada la demanda reconvencional formulada por Carla Daniela Nobile Inetti, asimismo declara probada la demanda de cumplimiento de contrato de urbanización y corretaje y el pago de daños y perjuicios, disponiendo montos a ser pagados tanto el pago por servicios de urbanización así como del pago de comisión de corretaje no pagado y la transferencia por los demandados en favor del demandante de las acreencias de los pagos no efectuados por los compradores sobre las ventas de los lotes de terreno, asimismo como la transferencia a título gratuito por los demandados en favor del demandantes, de todos los terrenos no vendidos hasta la fecha, por compensación de la magnitud del trabajo realizado