Auto Supremo AS/0412/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2014

Fecha: 04-Ago-2014

Así el Ad quem confunde el contrato de urbanización que fuera una obligación con el

Así el Ad quem confunde el contrato de urbanización que fuera una obligación con el contrato de corretaje que fuera otra obligación, que no pueden ser tratados como un solo objeto sino de dos objetos y el contrato no es sinalagmático sino de tracto sucesivo, sin embargo la venta de los lotes fue interrumpida por la acción unilateral de los demandados, así el Auto refiere se acompañe prueba de que los demandados hayan recibido la suma de $us. 2.273.575; también acusa desconocimiento del art. 525 del Código Civil, sobre la validez del contrato cuando una parte ha iniciado su cumplimiento, también señala confusión entre la demanda de resarcimiento de daños con la de cobro de comisiones en el caso del corretaje, pues la negociación principal fue con el Sindicado 1ro de mayo, que al ser puesta a conocimiento de los propietarios, estos rompieron la negociaciones, ello implica el daño por lucro cesante contra el corredor