Auto Supremo AS/0026/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0026/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Señala que si Dra

Señala que el Auto de Vista, es vergonzoso pues cuando sostiene que Dra. Acha habría actuado en representación del Consejo de la Judicatura al solicitar la mediada cautelar para luego afirmar que la presente demanda se ha llevado a cabo en contra de personas inexistentes.
Señala que si Dra. Acha no existe en derecho, el procedimiento cautelar anotación preventiva y prohibición de innovar sobre las acciones de Jenny de Diaz respecto al inmueble transferido no puede causar efecto alguno, debe ser declarado inexistente y no puede causar efecto jurídico, por lo que debió anularse obrados hasta que el actual Consejo dela Magistratura otorgue poder al Director Departamental para que solicite medias cautelares