interesado demostrar el perjuicio ocasionado con la supuesta transgresión a la norma, obligación que al
Ahora bien, en cuanto al séptimo motivo de apelación, traducido en la falta de resolución de la impugnación incidental referida al rechazo de prueba extraordinaria en la audiencia de inspección ocular, se advierte que en el memorial de apelación restringida, el apelante impugnó dicho rechazo, refiriéndose específicamente al plano de reforma agraria, al certificado de la junta vecinal y a fotografías del lugar, advirtiéndose que en el memorial de corrección del recurso, nuevamente impugnó este hecho, adicionando únicamente la prueba extraordinaria referida a la lista de los comunarios y originarios del ex fundo Inca Llojeta [inc. 7) del apartado II.3]; corroborándose además que, en la audiencia de prosecución de juicio de 17 de octubre de 2013, ante el rechazo de incorporación de la referida prueba, el querellante hizo reserva de recurrir (fs. 173). Ahora bien, no obstante lo relacionado, el recurrente omitió especificar cuál la relevancia de la prueba que trató de introducir en etapa de juicio oral y su incidencia en la decisión del proceso, explicando de qué manera modificaría el fallo final si la misma habría sido analizada y valorada por el Tribunal de Sentencia, aspecto que resulta valioso para determinar la viabilidad de la anulación del Auto de Vista recurrido, por cuanto de acuerdo a los principios que rigen las nulidades procesales, que para el caso, interesan los principios de trascendencia y conservación, no existe nulidad por nulidad, debiendo el
interesado demostrar el perjuicio ocasionado con la supuesta transgresión a la norma, obligación que al no haber sido cumplida por el recurrente, corresponde declarar sin mérito el agravio denunciado
- Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2014, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 31/2013 de 17 de octubre el Juzgado Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental
- b)Contra la mencionada Sentencia, el acusador planteó recurso de apelación restringida, conforme se evidencia del
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión
- 1)Como efecto de la providencia de 14 de marzo de 2014, emitida por la Sala
- cuenta las correcciones y ampliaciones de forma, omitiendo, resolver el agravio referido a que el
- I.1.2. Petitorio
- Por lo expuesto, solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y que
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Desarrollado el juicio oral, el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
- valoración de la prueba, denuncia que el Juez de Sentencia, en el considerando primero de
- Jhanette Surco Aguilar; por otro lado, la prueba documental producida en juicio, consistente en las
- II.4.Auto de Vista 39/2014
- todos los extremos invocados oportunamente, además, en los puntos invocados no hizo conocer la aplicación
- Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
- Conforme a lo antedicho, el Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto
- III.1. Sobre los precedentes invocados por el recurrente
- Sobre la misma temática, es preciso considerar el razonamiento asumido por este máximo Tribunal de
- Así mismo, es obligación del Tribunal de Alzada efectuar juicio de admisibilidad antes de resolver
- En cuanto al deber de fundamentación de las resoluciones, el recurrente invocó el Auto Supremo
- Supremo 051/2013-RRC de 1 de marzo, que: “…la parte que se sienta perjudicada por una
- III.2. Análisis del caso concreto
- De acuerdo a lo relacionado, se advierte que el Tribunal de alzada, a través del
- Se advierte que el Tribunal de apelación, en el quinto considerando de su resolución, aclaró
- A continuación, los Juzgadores de alzada, de manera amplia y detallada, procedieron a realizar una
- En cuanto al primer y quinto motivo de apelación, traducidos en la denuncia de falta
- interesado demostrar el perjuicio ocasionado con la supuesta transgresión a la norma, obligación que al
- Por último, con referencia a que la decisión plasmada en el Auto de Vista recurrido,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
