Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 027/2015-RRC
Sucre, 13 de enero de 2015
Expediente : La Paz 130/2014
Parte acusadora : Remigio Maidana Lobo
Parte imputada:Encarnación Catacora de Bautista y otros
Delito : Perturbación de Posesión y otro
Magistrada Relatora : Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2014, cursante de fs. 268 a 284 vta., Remigio Maidana Lobo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 39/2014 de 22 de julio de fs. 233 a 243, así como el Auto de 28 de agosto de 2014, de fs. 246 a 247, pronunciados por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal que sigue contra Encarnación Catacora de Bautista, Gregorio Bautista Mamani y José Luis Bautista Catacora por la presunta comisión de los delitos de Perturbación de Posesión y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 353 y 357, correspondientemente, del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 027/2015-RRC
Sucre, 13 de enero de 2015
Expediente : La Paz 130/2014
Parte acusadora : Remigio Maidana Lobo
Parte imputada:Encarnación Catacora de Bautista y otros
Delito : Perturbación de Posesión y otro
Magistrada Relatora : Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2014, cursante de fs. 268 a 284 vta., Remigio Maidana Lobo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 39/2014 de 22 de julio de fs. 233 a 243, así como el Auto de 28 de agosto de 2014, de fs. 246 a 247, pronunciados por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal que sigue contra Encarnación Catacora de Bautista, Gregorio Bautista Mamani y José Luis Bautista Catacora por la presunta comisión de los delitos de Perturbación de Posesión y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 353 y 357, correspondientemente, del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2014, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 31/2013 de 17 de octubre el Juzgado Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental
- b)Contra la mencionada Sentencia, el acusador planteó recurso de apelación restringida, conforme se evidencia del
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión
- 1)Como efecto de la providencia de 14 de marzo de 2014, emitida por la Sala
- cuenta las correcciones y ampliaciones de forma, omitiendo, resolver el agravio referido a que el
- I.1.2. Petitorio
- Por lo expuesto, solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y que
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Desarrollado el juicio oral, el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
- valoración de la prueba, denuncia que el Juez de Sentencia, en el considerando primero de
- Jhanette Surco Aguilar; por otro lado, la prueba documental producida en juicio, consistente en las
- II.4.Auto de Vista 39/2014
- todos los extremos invocados oportunamente, además, en los puntos invocados no hizo conocer la aplicación
- Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
- Conforme a lo antedicho, el Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto
- III.1. Sobre los precedentes invocados por el recurrente
- Sobre la misma temática, es preciso considerar el razonamiento asumido por este máximo Tribunal de
- Así mismo, es obligación del Tribunal de Alzada efectuar juicio de admisibilidad antes de resolver
- En cuanto al deber de fundamentación de las resoluciones, el recurrente invocó el Auto Supremo
- Supremo 051/2013-RRC de 1 de marzo, que: “…la parte que se sienta perjudicada por una
- III.2. Análisis del caso concreto
- De acuerdo a lo relacionado, se advierte que el Tribunal de alzada, a través del
- Se advierte que el Tribunal de apelación, en el quinto considerando de su resolución, aclaró
- A continuación, los Juzgadores de alzada, de manera amplia y detallada, procedieron a realizar una
- En cuanto al primer y quinto motivo de apelación, traducidos en la denuncia de falta
- interesado demostrar el perjuicio ocasionado con la supuesta transgresión a la norma, obligación que al
- Por último, con referencia a que la decisión plasmada en el Auto de Vista recurrido,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
