Auto Supremo AS/0270/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2015

Fecha: 29-Oct-2015

Añade que el tribunal de apelación llego a esas conclusiones sin realizar una valoración correcta

Añade que el tribunal de apelación llego a esas conclusiones sin realizar una valoración correcta e integral de toda la prueba que ha sido aportada por YPFB consistente en documentos oficiales como son la copia legalizada del parte de retiro emitido por la Caja Petrolera de salud, memorándums de contratación, contrato de trabajo, (fs. 62 a 97) donde se demuestra que los demandantes prestaron servicios en virtud de un contrato a plazo fijo o eventual, motivo por el que se produjo la interrupción laboral, no pudiendo por tanto ser beneficiados con vacación ni compensados en dinero porque su relación de trabajo no superó el año