Auto Supremo AS/0270/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2015

Fecha: 29-Oct-2015

En el recurso de casación en la forma, el apoderado de la institución demandada señala

En el recurso de casación en la forma, el apoderado de la institución demandada señala que las normas procesales son de orden público y cumplimiento obligatorio y cualquier convención en contrario hace nulas sus actuaciones en virtud del art. 90 del Código de Procedimiento Civil con relación al art. 152 del Código Procesal del Trabajo, y en autos no se notificó con la resolución de fs. 102 de 12 de febrero de 2010, al igual que con la resolución de fs. 401 de 22 de febrero de 2010, y al no haberse realizado dichas notificaciones, hacen nulas las actuaciones posteriores, que a pesar de haber sido observadas en el recurso de apelación no han sido tomadas encuentra en el Auto de Vista, por lo que solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo